Estado de alarma

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El Supremo desestima la primera demanda de responsabilidad patrimonial por los daños ocasionados por el cierre de la hostelería durante el Estado de Alarma

Entiende que las medidas impuestas durante la pandemia fueron necesarias, adecuadas y proporcionales a la gravedad de la situación y gozaron del suficiente grado de generalidad en cuanto a sus destinatarios, que tuvieron el deber jurídico de soportarlas sin ostentar derecho alguno de indemnización